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Niegan otra vez libertad a Sobeida

juicio_sobeidaSanto Domingo.-El juez de la Octava Sala Penal del Distrito Nacional declaró inadmisible un recurso de amparo con extrema urgencia presentado por la reclusa Sobeida Félix Morel, con el cual buscaba que el tribunal le ordenara al ministerio público cumplir el acuerdo a que habían arribado, el cual establecía entre otras cosas que la Fiscalía no se opondría a una eventual solicitud de libertad condicional.

El magistrado Teófilo Andújar Sánchez estableció en su sentencia que Félix Morel tiene otra vía, como la civil y la penal, para hacer cumplir el acuerdo al que arribó con el ministerio público.

El tribunal acogió una solicitud del ministerio público, representado por el fiscal adjunto Denis Silvestre y el abogado de la Procuraduría General de la República, Franklin Domínguez, quienes habían solicitado rechazar el recurso presentado por Félix Morel a través de su abogado Félix Portes.

Previo a la decisión, Félix Morel dijo que las autoridades y el ministerio público han incumplido el acuerdo a que arribó con la Fiscalía del Distrito Nacional, en virtud del cual ella cedió sus bienes incautados y colaboró a cambio de no oponerse a su libertad condicional.

Félix Morel, al exponer ante la Octava Sala Penal del Distrito Nacional, dijo que dio todas las informaciones al ministerio público en torno a los involucrados en el caso del capo boricua José David Figueroa Agosto y que si las autoridades engavetaron esas informaciones no es su problema.
Por Ramón Cruz Benzán
Listin Diario

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Rechazan solicitud de libertad de Redondo Llenas

mario_redondoLa jueza de la Ejecución de la Pena de San Pedro de Macorís, Altagracia Esther Mejía, rechazó este miércoles la solicitud de libertad condicional de Mario José Redondo Llenas, quien cumple condena de 30 años de prisión por la muerte del menor José Rafael Llenas Aybar.

La magistrada consideró que a pesar de que Redondo Llenas cumplió los requisitos que establece la ley para ser favorecido con la libertad, la pena lo que busca es un «real arrepentimiento del hecho cometido y que él no pudo mostrar al plenario un real arrepentimiento de los hechos que cometió».  Lo instó a conocer de Dios.

Entiende además,  que el Tribunal no tiene la certeza de que el imputado esté apto para cumplir la ley.

Indicó que la sociedad y los familiares de la víctima no están en condición para recibirlo,  porque el daño causado no ha sido desagraviado.

En tres meses, Redondo Llenas puede volver a introducir la solicitud de libertad condicional y tiene 10 días para apelar decisión de la jueza.
Por Julia Ramírez
El Caribe