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Ratifican que se aplicará cobro de 50% ITBIS adelantado a industrias

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SANTO DOMINGO. El Ministerio de Hacienda informó que no debe haber ninguna duda con respecto al establecimiento del 50% adelantado del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) en la Dirección General de Aduanas sobre las importaciones de la materia prima, maquinarias y equipos de las empresas acogidas al régimen de Proindustria.

Aclaró que dicha medida no afectará las exportaciones ni la producción de bienes exentos, debido a que el ITBIS pagado por los exportadores para la producción del bien, así como el pagado por los productores de bienes exentos, es reembolsable o se puede solicitar la exención ante la Administración Tributaria.

La institución recordó que el artículo 350 del Código Tributario otorga a los exportadores el derecho a solicitar ante la Administración Tributaria, reembolso o compensación cuando reflejen crédito por impuestos adelantados en bienes y servicios adquiridos para su proceso productivo. Señaló que los contribuyentes recibirán la devolución o compensación en caso de que hayan realizado algún pago de ITBIS alcanzado con la exención, en vista de que la Administración Tributaria cuenta con un fondo especial de reembolso tributario de reposición permanente para atender con celeridad y eficacia las solicitudes de los contribuyentes.

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Por Juan Carlos

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